
El productor de los residuos generados en actividades de limpieza industrial es la entidad explotadora de la instalación en las que se realizan dichas actividades, de acuerdo con el artículo 3 de la ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados:
“[…] «Productor de residuos»: cualquier persona física o jurídica cuya actividad
produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona
que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, que
ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. […]”
Sus responsabilidades y obligaciones están reguladas por los artículos 17 y 18 de la Ley 22/2011, de
28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
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